Qué es la directiva
La Directiva (UE) 2019/904, conocida habitualmente como Directiva de plásticos de un solo uso o SUPD, se dirige a los artículos de plástico que con más frecuencia aparecen como basura dispersa. A diferencia de la normativa de contacto alimentario, no trata de si un material es seguro en contacto con alimentos. Decide si determinados productos pueden venderse en la UE. Un kit de cubiertos de PP puede tener un expediente de contacto alimentario impecable según el Reglamento (UE) 10/2011 y aun así quedar excluido del mercado de la UE en virtud de la SUPD.
Al tratarse de una directiva, los Estados miembros la transponen a su Derecho nacional, y algunos países van más allá del mínimo. La directiva contiene también medidas, además de las prohibiciones, aplicables a artículos que siguen en el mercado. Este resumen cubre las prohibiciones que más importan a los compradores de recipientes y cubiertos; para la situación exacta en cada país, confírmela con su agente de aduanas o su asesor jurídico.
Qué está prohibido desde el 3 de julio de 2021
| Producto | Situación en la UE | Vía para compradores de la UE |
|---|---|---|
| Cubiertos de plástico de un solo uso: tenedores, cuchillos, cucharas, palillos | Prohibidos en el mercado desde el 3 de julio de 2021 | Kits de cubiertos de madera u otros materiales conformes |
| Platos de plástico de un solo uso | Prohibidos desde el 3 de julio de 2021 | Platos de papel o cartón sin contenido plástico, según las normas locales |
| Pajitas de plástico de un solo uso | Prohibidas desde el 3 de julio de 2021 | Vías sin plástico |
| Recipientes y vasos de poliestireno expandido para alimentos | Prohibidos desde el 3 de julio de 2021 | PP, papel u otros materiales, comprobados según el mercado |
| Versiones de PLA y otros bioplásticos modificados químicamente de lo anterior | Tratados como plástico, por lo que también prohibidos | Igual que lo anterior |
Por qué el PLA no escapa a la prohibición
La pregunta que más oímos de los compradores de cubiertos es si el PLA o el CPLA resuelven el problema. No lo hacen. La directiva define el plástico de modo que incluye los polímeros modificados químicamente, y el PLA, aunque se obtiene de almidón vegetal, es un polímero producido químicamente. Por tanto, los cubiertos de plástico de origen biológico o compostables son cubiertos de plástico de un solo uso según la SUPD. Una certificación de compostabilidad no cambia eso; responde a una pregunta distinta sobre el fin de vida, no sobre si el producto puede comercializarse.
La misma lógica se aplica a las mezclas de almidón. Los recipientes a base de almidón de esta gama son, según el material de las plantas asociadas, almidón de maíz clasificado dentro del termoformado de PP, que tratamos como una mezcla de almidón y PP. Una cuchara o un plato fabricados con esa mezcla siguen conteniendo plástico y se tratan como plástico. Menor contenido de plástico es una descripción justa del recipiente; no es una exención.
Qué implica para los kits de cubiertos
La línea de cubiertos desechables de referencia de las plantas asociadas incluye cucharas de PP como una de 136x32 mm y 1,6 g y otra de 115x31 mm y 1,1 g, y kits que combinan una cuchara de PP con palillos de bambú, una servilleta y un palillo de dientes en envoltorio de OPP. Estos kits siguen disponibles para los mercados cuyas normas locales los permiten, tras comprobar esas normas. A los compradores de la UE les ofrecemos en su lugar la vía de cubiertos de madera: tenedores, cuchillos y cucharas de madera, con servilletas y envoltorio elegidos para que el kit no contenga artículos de plástico prohibidos. Tenga en cuenta que también debe revisarse un envoltorio de plástico o un componente de plástico en un kit mixto.
Los detalles están en juegos de cubiertos desechables, y la comparación de las dos vías, en kits de cubiertos de madera frente a plástico.
Qué no cubre la prohibición
La SUPD prohíbe productos concretos; no prohíbe los recipientes de plástico para alimentos en general. Las cajas para llevar de PP, los vasos de sopa de PP, las cajas de fruta de PET y los recipientes de almacenaje de plástico no figuran en la lista de artículos prohibidos, aunque la directiva y las leyes nacionales contienen otras medidas para algunos artículos de un solo uso que siguen en el mercado, y algunos Estados miembros añaden sus propias normas o tasas. Los recipientes de almacenaje reutilizables vendidos para uso doméstico son una categoría de producto completamente distinta. Antes de un lanzamiento en la UE, enumeramos todos los artículos de un solo uso del programa, marcamos cuáles están afectados por la prohibición y cuáles necesitan una comprobación nacional, y entregamos la lista al asesor jurídico del comprador.
Un caso ilustrativo
Un ejemplo ilustrativo, anonimizado: una marca de reparto que vendía en dos mercados usaba un único kit de cubiertos, una cuchara de PP, palillos de bambú, una servilleta y un palillo de dientes en envoltorio de OPP, para ambos. Cuando añadió un país de la UE, dividimos el programa en dos. El kit fuera de la UE se mantuvo tal cual tras comprobar las normas locales. El kit para la UE pasó a una cuchara y un tenedor de madera con la misma servilleta y el mismo palillo, y el envoltorio y todos los demás componentes se revisaron frente a la lista de prohibiciones. Ambos kits conservaron el mismo formato de caja de cartón para que el almacén los manejara igual, y los documentos de contacto alimentario se solicitaron por separado para cada kit, porque una cuchara de madera y una cuchara de PP necesitan evidencias distintas.
EPS y recipientes para llevar
Los recipientes y vasos de poliestireno expandido para alimentos, las conchas y vasos de espuma antes habituales en la comida para llevar, están prohibidos por la SUPD. Los recipientes de esta gama son de PP, PET, mezclas de almidón y PP o papel, así que el EPS no forma parte de la oferta, pero los compradores que trasladan un programa existente desde un proveedor de espuma deben comprobar si algún artículo es de EPS antes del primer envío a la UE.
Las normas de contacto alimentario siguen aplicándose
Pasar del plástico a la madera o al papel no elimina las obligaciones de contacto alimentario. Los cubiertos de madera y los platos de papel están sujetos al Reglamento marco (CE) 1935/2004, y las piezas de papel vendidas en EE. UU. se enfrentan además a las normas estatales sobre PFAS. Solicitamos a las plantas asociadas las declaraciones e informes de ensayo pertinentes según el proyecto; los documentos se emiten a nombre de las plantas asociadas o de su marca, y Lidwell no los conserva. La guía de cumplimiento enumera qué pedir.
Planificar un programa de comida para llevar en la UE
- Enumere todos los artículos de un solo uso del programa, incluidos los componentes de los kits y los envoltorios.
- Marque los artículos afectados por las prohibiciones de la SUPD y sustitúyalos antes del muestreo.
- Elija los materiales de los artículos restantes y reúna los documentos de contacto alimentario.
- Compruebe con su asesor jurídico las normas nacionales de cada país de destino.
- Revise las afirmaciones del envase para que ningún artículo de plástico se describa como libre de plástico.
Los kits de madera y los artículos de papel tienen sus propios plazos y mínimos; los rangos de referencia típicos están en MOQ y plazos, confirmados por escrito para cada programa. Envíe la lista de artículos y los países de destino a través del formulario de presupuesto.
